La sala plena de la Corte Suprema de Justicia le negó la solicitud de libertad condicional a la exdirectora del DAS, María del Pilar Hurtado. La razón es porque para el alto tribunal no hay pruebas de resocialización después de cometer los delitos y tampoco hubo reparación por daños morales.
Hurtado fue autora responsable de varios delitos como peculado por apropiación, concierto para delinquir agravado, concurso de dos falsedades en documento público, coautora de plurales delitos de violación ilícita de comunicaciones y varios delitos de abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto.
La entidad agregó que a pesar del buen comportamiento y conducta ejemplar en el centro penitenciario, su proceso de readaptación y resocialización aún no se ha consolidado, porque su sanción aun no ha reparado en la totalidad el daño ocasionado a las víctimas.
«Al momento de proferir el fallo de condena, la Corte precisó que la gravedad de los delitos derivaba de la posición que ostentaba al momento de la comisión de los hechos, pues se desempeñaba en uno de los altos cargos dentro del Estado», aseguró la Corte Suprema.